Los novios pueden elegir la parroquia donde llevarán a cabo el casamiento. Para ello, deben tramitar el Expediente Matrimonial en la parroquia que corresponde a la novia por su jurisdicción (según su domicilio) y ahí realizar el trámite del pase para celebrar el casamiento en la parroquia elegida.
Los casamientos judíos pueden realizarse en las sinagogas o en el lugar que los novios elijan, El matrimonio civil previo de la pareja es requisito para el casamiento religioso de la misma.
La autoridad que celebre el matrimonio puede ser:
Para casarse en la Sinagoga,los novios deben pertenecer a una familia judía.
Para demostrarlo, el templo solicita a los novios la presentación de la ketubá de sus padres.
Si Uno de los novios no es judío, y quiere serlo, puede hacer un curso de conversión religiosa. Para ello, debe remitirse al Seminario Rabínico para combinar una entrevista. Los cursos son anuales. Al finalizarlos, se les entrega un certificado. De esta manera, encuentran aptos para el casamiento.
La existencia de otro matrimonio religioso anterior de uno de los novios (o ambos) no es impedimento para la realización del nuevo; pero el primer matrimonio debe estar anulado convenientemente para celebrar el nuevo casamiento.
los testigos que los novios eligen deben ser judíos. Si son varones, mayores a 13 años. Si son mujeres, deben ser mayores de 12 años.
En la mayoría de los templos se realizan charlas y encuentros pre-matrimoniales, cuyo fin es orientar a la pareja judía sobre su futura vida en la familia y la comunidad. Estos cursos no son requisito obligatorio.